PLANES DE MOVILIDAD SOSTENIBLE– CAMBIO NORMATIVO RELEVANTE (2026)

13/05/2026
PLANES DE MOVILIDAD SOSTENIBLE– CAMBIO NORMATIVO RELEVANTE (2026)

La aprobación de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible responde a la necesidad de integrar la movilidad cotidiana en las políticas de prevención, sostenibilidad y salud laboral, abordando de forma estructural los desplazamientos como un factor de riesgo y de impacto ambiental.

Su reciente modificación mediante el Real Decreto-ley 7/2026 introduce cambios importantes que afectan directamente a las empresas consolidando los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo como una herramienta clave para reducir la siniestralidad vial laboral, mejorar la organización del trabajo y garantizar el cumplimiento normativo.

¿QUÉ HA CAMBIADO?

Desde marzo de 2026, el Real Decreto‑ley 7/2026 ha modificado la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, reforzando el enfoque preventivo, acortando plazos y ampliando las obligaciones empresariales afectando directamente a la organización, prevención y movilidad laboral.

  1. Principales aspectos que deben conocer las empresas
  2. El plazo para disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo se reduce a 12 meses.
  3. El plan es obligatorio para empresas con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno.
  4. El plan debe negociarse con la representación legal de las personas trabajadoras.
  5. Debe incorporar medidas de seguridad vial laboral, movilidad sostenible y organización del trabajo.
  6. La falta del plan puede implicar la devolución de ayudas públicas recibidas
  7. El plan debe coordinarse con los planes municipales de movilidad si existen.
  • ¿Por qué es importante para la empresa?
  • Contribuye a la reducción de los accidentes laborales de tráfico.
  • Mejora la seguridad y la salud de la plantilla.
  • Favorece una reducción de costes energéticos y de desplazamiento.
  • Evita sanciones y reintegros de ayudas públicas.
  • Refuerza el cumplimiento normativo en prevención de riesgos laborales y sostenibilidad.

RECOMENDACIÓN TÉCNICA

Desde un punto de vista preventivo y organizativo, se recomienda:

  • Iniciar cuanto antes la elaboración del plan.
  • Integrarlo en el sistema de prevención de riesgos laborales.
  • Coordinarlo con el Comité de Seguridad y Salud y el área de RR. HH.
  • Utilizarlo como una herramienta de mejora preventiva, organizativa y estratégica para la empresa.
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